Análisis Antes / Ahora
Esta disposición modifica otra norma
Antes
Los operadores de telecomunicaciones podían utilizar numeración pública de manera menos restrictiva, lo que podía generar costes indebidos a los usuarios.
Ahora
Los operadores deben utilizar numeración clara y transparente para evitar costes indebidos a los usuarios, bajo condiciones generales establecidas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.
Qué tienes que hacer: Revisar los contratos de servicios de atención a la clientela para asegurar que se utilizan numeraciones claras y transparentes. Comprobar si los sistemas de facturación necesitan ajustes para cumplir con las nuevas condiciones.
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La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones establece condiciones para el uso de numeración pública en servicios de atención a la clientela. Los operadores deben utilizar numeración clara y transparente para evitar costes indebidos a los usuarios.
A quién afecta
- Operadores de comunicaciones electrónicas
- Usuarios finales
- Proveedores de bienes y servicios
Normativa anterior tocada
- MODIFICA el art. 16.3 de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre
- MODIFICA el art. 27.7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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