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BOE MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA · Resolución

Telecomunicaciones clarifica numeración

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones establece condiciones para el uso de numeración pública en servicios de atención a la clientela. Los operadores deben utilizar numeración clara y transparente para evitar costes indebidos a los usuarios.


Análisis Antes / Ahora

Esta disposición modifica otra norma

Antes

Los operadores de telecomunicaciones podían utilizar numeración pública de manera menos restrictiva, lo que podía generar costes indebidos a los usuarios.

Ahora

Los operadores deben utilizar numeración clara y transparente para evitar costes indebidos a los usuarios, bajo condiciones generales establecidas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones.

Qué tienes que hacer: Revisar los contratos de servicios de atención a la clientela para asegurar que se utilizan numeraciones claras y transparentes. Comprobar si los sistemas de facturación necesitan ajustes para cumplir con las nuevas condiciones.

Ver el análisis completo →

Crónica

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones establece condiciones para el uso de numeración pública en servicios de atención a la clientela. Los operadores deben utilizar numeración clara y transparente para evitar costes indebidos a los usuarios.

A quién afecta

  • Operadores de comunicaciones electrónicas
  • Usuarios finales
  • Proveedores de bienes y servicios

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA el art. 16.3 de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre
  • MODIFICA el art. 27.7 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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