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BOE MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA · Resolución

Digitalización libera códigos telefónicos provinciales

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales modifica la resolución de 2005 sobre numeración telefónica para servicios vocales nómadas y fijos. Se suprime la numeración nómada geográfica y se atribuye al servicio telefónico disponible al público. La numeración nómada no geográfica (código 51) seguirá siendo utilizada para servicios nómadas. La medida busca optimizar el uso de los recursos públicos de numeración y mejorar la eficiencia en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas. Los operadores de telecomunicaciones y los usuarios de servicios vocales nómadas y fijos serán afectados por esta modificación.


Crónica

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales modifica la resolución de 2005 sobre numeración telefónica para servicios vocales nómadas y fijos. Se suprime la numeración nómada geográfica y se atribuye al servicio telefónico disponible al público. La numeración nómada no geográfica (código 51) seguirá siendo utilizada para servicios nómadas. La medida busca optimizar el uso de los recursos públicos de numeración y mejorar la eficiencia en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas. Los operadores de telecomunicaciones y los usuarios de servicios vocales nómadas y fijos serán afectados por esta modificación.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales ha publicado una resolución que modifica la de 2005 sobre numeración telefónica para servicios vocales nómadas y fijos. La medida suprime la numeración nómada geográfica, que se encontraba infrautilizada, y la atribuye al servicio telefónico disponible al público. Según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la eficiencia de uso de la numeración geográfica nómada era del 5%, mientras que la numeración geográfica del servicio telefónico fijo disponible al público alcanzaba el 41%.

La numeración nómada no geográfica (código 51) seguirá siendo utilizada para servicios nómadas, y se ha estructurado de forma diferenciada en función del valor de la tercera cifra. Los titulares de numeración geográfica nómada que ya se encontraban asignados podrán solicitar su mantenimiento, pasando la numeración afectada a tener la consideración de numeración geográfica estándar.

La medida busca optimizar el uso de los recursos públicos de numeración y mejorar la eficiencia en la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas. Los operadores de telecomunicaciones y los usuarios de servicios vocales nómadas y fijos serán afectados por esta modificación, que entrará en vigor el 1 de mayo de 2026.

La resolución tiene como objetivo garantizar la adecuada protección de los derechos de los usuarios y promover la competencia en el mercado de las comunicaciones electrónicas. Los operadores de telecomunicaciones deberán adaptarse a los cambios introducidos por la resolución y asegurarse de que sus servicios sean compatibles con la nueva numeración.

A quién afecta

  • Operadores de telecom
  • Usuarios de servicios vocales nómadas y fijos
Texto íntegro del BOE desplegar

La Resolución de 30 de junio de 2005, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración al servicio telefónico fijo disponible al público y a los servicios vocales nómadas, y se adjudican determinados indicativos provinciales, atribuyó bloques diferenciados de numeración geográfica, dentro del segmento 8XY, para la prestación de servicios vocales nómadas mediante puntos de acceso vinculados a distritos telefónicos, y el código 51, de numeración específica, para la prestación de servicios vocales nómadas asociados al conjunto del territorio nacional. parrafo Esta capacidad de conferir nomadismo a las comunicaciones de voz, permitió que los puntos de acceso a los que los abonados se podían conectar para disponer del servicio vocal nómada, pudieran ser cualquier ubicación (de ámbito provincial o nacional según la numeración utilizada) en la que dispusiera de los medios necesarios. Siendo éste un aspecto diferencial del servicio telefónico disponible al público, en el que los puntos de acceso coinciden con los puntos de terminación de red. parrafo Con posterioridad, la Resolución de 12 de abril de 2016, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se modifica la de 30 de junio de 2005, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración al servicio telefónico fijo disponible al público y a los servicios vocales nómadas, y se adjudican determinados indicativos provinciales, amplió el uso de la numeración nómada al envío y recepción de mensajes interpersonales, definiendo los servicios nómadas como aquellos servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público que ofrecían comunicaciones bidireccionales desde puntos de acceso a los que los usuarios pueden conectarse de manera remota. parrafo Sin embargo, el limitado uso de los servicios nómadas, la percepción que los usuarios tienen sobre los mismos en comparación

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA los apartados 6, 8.1, 8 bis, anexos II, III y SUPRIME el apartado 5 de la Resolución de 30 de junio de 2025
  • MODIFICA el art. 27.7 del Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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