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BOE MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL · Resolución

Actualizan salarios de servicios auxiliares para 2026

La Dirección General de Trabajo registra y publica el Acta de la Comisión Paritaria que actualiza el Anexo salarial de 2026 del II Convenio colectivo de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones. El anexo salarial se actualiza con un incremento del 3,13% en relación con el Salario Mínimo Interprofesional.


Crónica

La Dirección General de Trabajo registra y publica el Acta de la Comisión Paritaria que actualiza el Anexo salarial de 2026 del II Convenio colectivo de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones. El anexo salarial se actualiza con un incremento del 3,13% en relación con el Salario Mínimo Interprofesional.

La Comisión Paritaria del II Convenio colectivo de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones ha acordado actualizar el anexo salarial de 2026. Esta actualización se debe a la publicación del Real Decreto 126/2026, que fija el salario mínimo interprofesional para 2026.

La Comisión Paritaria, integrada por representantes de las empresas y los sindicatos, ha determinado que el porcentaje de revisión salarial para los niveles funcionales de Auxiliar Administrativo, Vendedor/Promotor de Ventas y Auxiliar de Servicios es del 3,13%. Este incremento se aplica desde el 1 de enero de 2026 y se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2026.

La actualización del anexo salarial tiene implicaciones para las empresas y los trabajadores del sector, ya que garantiza que la retribución en concepto de Salario Base siempre estará por encima del Salario Mínimo Interprofesional. La Dirección General de Trabajo ha registrado y publicado el Acta de la Comisión Paritaria, lo que da efecto a la actualización del anexo salarial.

A quién afecta

  • Empleados del sector de servicios auxiliares de información
Texto íntegro del BOE desplegar

Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria del II Convenio colectivo de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones (código de Convenio n.º 99100265012021), que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de marzo de 2024, mediante la que se acuerda actualizar el anexo salarial de 2026 del convenio para el período entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, Acta que ha sido suscrita, con fecha 24 de febrero de 2026, por los integrantes de la Comisión Paritaria designados, de una parte, por ANEPSA-ASESAS y ADEDSA-AESA y, de otra, por los sindicatos FeSMC-UGT, CCOO del Hábitat y FTSP-USO firmantes del convenio en representación, respectivamente, de las empresas del sector y de las personas trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 23 de abril de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 COMISIÓN PARITARIA anexo_num Acta 19 anexo_tit En Madrid, siendo las 09:00 horas del 24 de febrero de 2026, se reúnen, por vía telemática, las personas abajo referenciadas, en calidad de miembros de la Comisión Paritaria del II Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Servici

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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