Crónica
El socio único de Grupo Hostelero Monio aprueba la segregación de distintas ramas de actividad a favor de siete sociedades de nueva creación. La segregación se realiza con efecto inmediato.
El Grupo Hostelero Monio, S.L.U. ha anunciado su escisión en siete sociedades de nueva creación, denominadas Monio Culinary Lab, S.L., Monio Patrimonial, S.L., Monio Capital Partners, S.L., Frankie Alcalá, S.L., Francescos Alcalá, S.L. y Taberna 7 Libreros, S.L. La decisión fue adoptada por el socio único de la sociedad segregada, que aprobó la segregación con efecto inmediato.
La segregación implica la transmisión en bloque de parte del patrimonio de la sociedad segregada a las sociedades beneficiarias. Los acreedores cuyos créditos hayan nacido antes de la publicación de este anuncio disponen de un mes desde tal publicación para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 del Real Decreto-Ley 5/2023.
La operación se enmarca en el proceso de reestructuración de la empresa, que busca mejorar su eficiencia y competitividad. La creación de nuevas sociedades permitirá a cada una de ellas centrarse en una rama de actividad específica, lo que podría generar sinergias y oportunidades de crecimiento.
Los detalles de la segregación y el balance de segregación están disponibles para los socios y acreedores de la sociedad segregada.
A quién afecta
- Socios de Grupo Hostelero Monio
- Acreedores de Grupo Hostelero Monio
- Empresas del sector hostelero
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Conforme al artículo 10 del Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles ("RDL"), se anuncia que el socio único de Grupo Hostelero Monio, S.L.U. ("Sociedad Segregada"), acordó la segregación de distintas ramas de actividad a favor de varias sociedades de nueva creación (las "sociedades beneficiarias"), que serán denominadas Monio Culinary Lab, S.L., Monio Patrimonial, S.L., Monio Capital Partners, S.L., Frankie Alcalá, S.L., Francescos Alcalá, S.L. y Taberna 7 Libreros, S.L. (la "segregación"). La segregación fue aprobada conforme al proyecto de segregación redactado y suscrito por el administrador único de la sociedad segregada el 16 de julio de 2026 ("proyecto"). Siendo las sociedades beneficiarias sociedades de nueva creación e íntegramente participadas de forma directa por la sociedad segregada, la segregación se realiza ex artículos 71 y 53 por remisión de los artículos 56 y 63 RDL. Aprobándose la segregación por el socio único de la sociedad segregada, no es necesario publicar ni depositar previamente los documentos exigidos legalmente ex artículo 9 RDL. La segregación implica la transmisión en bloque de parte del patrimonio de la sociedad segregada a las sociedades beneficiarias. Se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de la sociedad segregada a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y el balance de segregación. Los acreedores cuyos créditos hayan nacido antes de la publicación de este anuncio disponen de un mes desde tal publicación para ejercitar las acciones previstas en los apartados 1º, 2º y 3º del artículo 13.1 RDL. Madrid, 17 de julio de 2026.- El Administrador Único de Grupo Hostelero Monio, S.L.U, D. Francisco Javier Rodríguez Monio.
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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