Crónica
El socio único de Unduru Home aprueba la escisión parcial de la sociedad, transfiriendo una parte de su patrimonio a la nueva sociedad Unduru Construcciones. La operación se realiza bajo el régimen simplificado del Real Decreto-ley 5/2023.
La sociedad Unduru Home, S.L. ha aprobado la escisión parcial de su patrimonio, lo que supone la transferencia de una parte de sus activos a la nueva sociedad Unduru Construcciones, S.L. Esta operación se ha realizado bajo el régimen simplificado previsto en el artículo 71.1 del Real Decreto-ley 5/2023, lo que ha evitado la necesidad de elaborar informes de administradores y expertos independientes, así como el balance de escisión.
La sociedad escindida, Unduru Home, continuará existiendo con el resto de su patrimonio, mientras que la nueva sociedad, Unduru Construcciones, asumirá la gestión de la parte del patrimonio transferida.
Los acreedores de ambas sociedades tienen derecho a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los demás documentos legalmente exigibles, así como a ejercitar las facultades que les reconoce el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023.
En cuanto al impacto de esta operación, es probable que la escisión parcial de Unduru Home tenga un efecto limitado en el mercado, ya que se trata de una reorganización interna de la sociedad. Sin embargo, es posible que la creación de la nueva sociedad, Unduru Construcciones, pueda suponer una mayor especialización y eficiencia en la gestión de los activos transferidos.
A quién afecta
- Socios de Unduru Home
- Acreedores de Unduru Home
- Administradores de Unduru Home
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Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, se hace público que, con fecha 15 de mayo de 2026, el socio único de la sociedad UNDURU HOME, S.L. aprobó la escisión parcial de dicha sociedad, mediante la segregación de una parte de su patrimonio constitutiva de una unidad económica autónoma, que será transmitida en bloque y por sucesión universal a la sociedad beneficiaria de nueva creación UNDURU CONSTRUCCIONES, S.L., en los términos previstos en el proyecto común de escisión. La sociedad escindida continuará existiendo, conservando el resto de su patrimonio. La operación se acoge al régimen simplificado previsto en el artículo 71.1 del Real Decreto-ley 5/2023, por lo que no ha sido necesaria la elaboración del informe de los administradores, del informe de experto independiente ni del balance de escisión. Se hace constar asimismo el derecho que asiste al socio único y a los acreedores a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los demás documentos legalmente exigibles, así como el derecho de los acreedores a ejercitar las facultades que les reconoce el artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2023, en los términos y plazos legalmente establecidos. Ontinyent, 17 de julio de 2026.- Administrador solidario, Elena Ballester Sanchis.
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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