Crónica
El Sindicato Independiente de la Agencia Tributaria (SIAT) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración en relación con la restitución de la plena vigencia del Acuerdo sobre el Desarrollo de la Carrera Profesional y administrativa 2007. La Dirección del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria emplaza a las personas interesadas para que se personen en el procedimiento.
El Sindicato Independiente de la Agencia Tributaria (SIAT) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, contra la inactividad de la Administración en relación con la restitución de la plena vigencia del Acuerdo sobre el Desarrollo de la Carrera Profesional y administrativa 2007.
La Administración ha sido requerida para adoptar medidas urgentes e inmediatas para restituir la plena vigencia del acuerdo, pero no ha tomado medidas al respecto. Ahora, la Dirección del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria emplaza a las personas interesadas para que se personen en el procedimiento en un plazo de 9 días a partir de la publicación de la resolución.
El emplazamiento se produce en virtud del artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y puede tener implicaciones para los empleados de la Agencia Tributaria que se ven afectados por la inactividad de la Administración en relación con el acuerdo.
A quién afecta
- Empleados públicos
- Agencia Tributaria
Texto íntegro del BOE desplegar
Ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, ha sido interpuesto por el Sindicato Independiente de la Agencia Tributaria (SIAT) un recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración en relación con la instancia y requerimiento formal para la adopción e instrumentación de medidas urgentes e inmediatas para la restitución de la plena vigencia del contenido del Acuerdo sobre el Desarrollo de la Carrera Profesional y administrativa 2007. parrafo A tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se emplaza a aquellas personas que tuvieran interés en el procedimiento, para que, si así lo desean, puedan comparecer y personarse en los autos ante el referido Tribunal en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución. parrafo Madrid, 28 de abril de 2026.–La Directora del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Consuelo Sánchez García. parrafo_2
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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