Crónica
La Dirección General de Trabajo registra y publica el Convenio colectivo de Lain Technologies, SL, que afecta a todas las personas trabajadoras de la empresa, con vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028. El convenio regula las relaciones de trabajo y establece condiciones más beneficiosas para los trabajadores.
La empresa Lain Technologies, SL, ha pactado un Convenio colectivo que regula las relaciones de trabajo entre la empresa y sus trabajadores. El convenio, que tiene vigencia desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028, afecta a todas las personas trabajadoras de la empresa, excepto a los consejeros, administradores, personal de alta dirección y personal directivo.
El convenio establece condiciones más beneficiosas para los trabajadores, mejorando las previstas en los diferentes acuerdos, pactos o concesiones de cualquier naturaleza que se venían aplicando en la empresa. La empresa queda facultada para llevar a cabo la compensación y absorción que resulte precisa para evitar la aplicación de condiciones que tengan un origen distinto al del presente convenio colectivo.
La Comisión negociadora del nuevo convenio colectivo se constituirá formalmente en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha en que se denuncie el convenio colectivo. Para la resolución de las discrepancias que puedan surgir durante la sustanciación de la negociación del nuevo convenio, las partes se someten a los procedimientos de resolución extrajudicial de conflictos establecidos en el ámbito estatal.
El coste de la implementación de este convenio recae sobre la empresa, que deberá adaptar sus políticas y procedimientos para cumplir con las nuevas condiciones establecidas. Los trabajadores, por otro lado, se beneficiarán de las mejoras en sus condiciones laborales y salariales.
A quién afecta
- Trabajadores de Lain Technologies
- Empresas del sector tecnológico
Texto íntegro del BOE desplegar
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Lain Technologies, SL (código de convenio número 90105152012026), que fue suscrito con fecha 19 de marzo de 2026, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical de FETICO, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido finalmente subsanado mediante acuerdo de 5 de mayo de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 11 de mayo de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 I CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA LAIN TECHNOLOGIES, SL anexo 1. Disposiciones generales centro_cursiva Artículo 1. Ámbito funcional. articulo El presente convenio colectivo regula las relaciones de trabajo entre la empresa Lain Technologies, SL («Laintech» o la «Empresa») y las personas trabajadoras comprendidas dentro de los ámbitos personal, territorial y temporal. El presente convenio colectivo afectará a todas las actividades de producción, mantenimiento, administración y cualesquiera otras que pasare a desarrollar la Empresa. parrafo Artículo 2. Ámbito personal. articulo El presente convenio colectivo, salvo lo previsto en el párrafo siguiente, a
Normativa anterior tocada
- MODIFICA el art. 90.2 y 3 del texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre
- MODIFICA el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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