Crónica
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la nota de calificación del registrador de San Lorenzo de El Escorial, que rechazó la inscripción de una escritura de agrupación y declaración de obra nueva por invadir una vía pecuaria. La resolución se basa en la oposición de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto un recurso interpuesto por la mercantil Retailcompany 2021, S.L.U. contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial número 2. El registrador había rechazado la inscripción de una escritura de agrupación y declaración de obra nueva por invadir la base gráfica catastral aportada una vía pecuaria.
La escritura en cuestión se refiere a la agrupación de varias fincas registrales en el Ayuntamiento de Cercedilla, con el objetivo de formar una finca con una superficie de 45.987,24 metros cuadrados. Sin embargo, la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid se opuso a la inscripción, alegando que la representación gráfica propuesta no respeta la anchura de la vía pecuaria Cañada.
La resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma la calificación negativa del registrador, lo que significa que la agrupación y la declaración de obra nueva no podrán ser inscritas en el Registro de la Propiedad. Esto puede tener implicaciones para los propietarios de las fincas involucradas, que podrían verse afectados por la imposibilidad de registrar sus propiedades de manera efectiva.
En cuanto a las implicaciones, esta resolución puede sentar un precedente para futuras disputas sobre la inscripción de propiedades en el Registro de la Propiedad, especialmente en casos donde se involucran vías pecuarias o otros elementos de interés público. Los propietarios y los profesionales del derecho deben tener en cuenta esta resolución al tramitar escrituras y declaraciones de obra nueva.
Análisis
La resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública señala la importancia de respetar la legislación sobre vías pecuarias y la necesidad de una coordinación efectiva entre los diferentes organismos involucrados en la inscripción de propiedades. Los propietarios y los profesionales del derecho deben tomar medidas para asegurarse de que sus escrituras y declaraciones de obra nueva cumplan con los requisitos legales y no invadan elementos de interés público. La resolución también destaca la necesidad de una mayor claridad y precisión en la tramitación de los procedimientos de inscripción de propiedades.
A quién afecta
- Propietarios de fincas
- Profesionales del derecho
- Registradores de la Propiedad
Texto íntegro del BOE desplegar
En el recurso interpuesto por don I. C. P., en nombre y representación de la mercantil «Retailcompany 2021, S.L.U.», contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial número 2, don José Luis Jiménez Fernández, a inscribir una escritura de agrupación y declaración de obra nueva, por invadir la base gráfica catastral aportada una vía pecuaria. parrafo Hechos centro_negrita I centro_redonda Mediante escritura pública otorgada el día 11 de abril de 2025, ante el notario de Barcelona, don Tomás Feliu Álvarez de Sotomayor, protocolo número 2.038, que fue presentada en el Registro de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial número 2 el día 14 de abril de 2025, causando el asiento de presentación 1.375 del Diario 2025, se formaliza la agrupación de las registrales 715, 1.173, 1.215 y 1.300 del Ayuntamiento de Cercedilla, con unas cabidas de 3.400, 6.848, 6.848 y 21.98 metros cuadrados respectivamente, formando una finca con una superficie de 45.987,24 metros cuadrados, solicitándose la inscripción de la agrupación con el exceso de cabida declarado de 7.493,24 metros cuadrados aportando sendos informes de validación gráfica frente a parcelario catastral, sobre la que se declara una obra nueva terminada consistente en distintos edificios. Tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria, se recibe informe de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad Autónoma de Madrid, en el que se denuncia que la representación gráfica propuesta no respeta la anchura de la vía pecuaria denominada «Cañada (…)», cerrándose el expediente y devolviéndose el título al interesado. Nuevamente, en fecha 3 de septiembre de 2025 se vuelve a presentar el título, con diligencia extendida el día 1 de agosto de 2025, solicitándose la inscripción únicamente de la agrupación y de las obras declaradas por antigüedad, pero sin inscripción de
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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