Crónica
La Dirección General de Política Energética y Minas acepta el desistimiento de Statkraft Iberia Dos, SLU, para el parque eólico 'Arrebol' de 58,1 MW en Cádiz. El proyecto había iniciado su tramitación en octubre de 2023.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha aceptado el desistimiento de Statkraft Iberia Dos, SLU, para el parque eólico 'Arrebol' de 58,1 MW en la provincia de Cádiz. El proyecto había sido solicitado en octubre de 2023 y había iniciado su tramitación, pero el promotor ha decidido retirar su solicitud.
El parque eólico 'Arrebol' estaba previsto para ser ubicado en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz, y contaba con una potencia instalada de 58,1 MW. El proyecto había sido sometido a evaluación ambiental y había obtenido un informe de determinación de afección ambiental que recomendaba su sometimiento a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario.
La aceptación del desistimiento por parte de la Dirección General de Política Energética y Minas supone el archivo del expediente SGIISE/PEol-925 y la finalización de la tramitación del proyecto. Los permisos de acceso y conexión otorgados a Red Eléctrica de España, SAU, para el proyecto también han caducado.
Este desistimiento puede tener implicaciones para el desarrollo de proyectos de energías renovables en la región, ya que puede afectar la confianza de los inversores y la viabilidad de futuros proyectos.
Análisis
La aceptación del desistimiento del parque eólico 'Arrebol' puede ser un indicio de la creciente complejidad y los costes asociados a la tramitación de proyectos de energías renovables en España. Esto puede tener un impacto negativo en la inversión en el sector y en la capacidad del país para alcanzar sus objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Es importante que las autoridades reguladoras y los promotores de proyectos trabajen juntos para simplificar y agilizar la tramitación de proyectos de energías renovables y reducir los costes y los riesgos asociados.
A quién afecta
- Promotores de proyectos de energías renovables
- Inversores en el sector energético
- Comunidades locales
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De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en base a los siguientes parrafo I. Hechos centro_negrita Primero. Autorización administrativa previa del proyecto. articulo Statkraft Iberia Dos, SLU, solicita, con fecha 20 de octubre de 2023, autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental para el proyecto parque eólico Arrebol, con una potencia instalada de 58,1 MW, y su infraestructura de evacuación, ubicado en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz. parrafo Con fecha 14 de diciembre de 2023, la Subdirección General de Energía Eléctrica requirió a Statkraft Iberia Dos, SLU, la subsanación y aclaración de diversas cuestiones de su solicitud. Con fechas 22 de diciembre de 2023, 26 de marzo y 27 de marzo de 2024, Statkraft Iberia Dos, SLU, presentó contestación al requerimiento de subsanación. parrafo Con fecha 28 de diciembre de 2022, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad. parrafo Con fecha 27 de marzo de 2024, tiene entrada en el registro de este Ministerio escrito de Statkraft Iberia Dos, SLU, por el que solicita la determinación de afección ambiental del proyecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del citado Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre. parrafo Con fecha 23 de mayo de 2024 se remite a la Subdirección General de Evaluación Ambiental el expediente para evaluación del procedimiento de determinación de afección ambiental para proyectos de energías renovables, conforme al Real Decreto
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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