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Provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación en el Servicio Común de Tramitación de la Audiencia Provincial de Álava.


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La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, impulsa una transformación importante del modelo de organización judicial tradicional y, entre otras cuestiones, redefine la Oficina Judicial, estableciendo que su actividad se desarrollará a través de los servicios comunes, que comprenderán a los servicios comunes de tramitación y, en su caso, aquellos otros servicios que puedan existir en la Oficina Judicial. Con este fin, prevé que las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia, en sus respectivos ámbitos, deberán elaborar las relaciones de puestos de trabajo de cada una de estas Oficinas para su aprobación, previa negociación con las organizaciones sindicales, así como proceder a la posterior provisión de los puestos. En cumplimiento de estas previsiones, la Orden de 24 de junio de 2026, de la Consejera de Justicia y Derechos Humanos, aprueba la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración de Justicia de la Oficina Judicial del Tribunal de Instancia del partido judicial de Vitoria-Gasteiz y de la Audiencia Provincial de Álava. Con respecto a la provisión de estos puestos de trabajo, el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, prevé un proceso de acoplamiento del personal funcionario con destino definitivo en los centros de trabajo, que consistirá en la convocatoria de procedimientos de libre designación para aquellos puestos que deban cubrirse por este sistema; la convocatoria de concursos específicos; la confirmación del personal en los puestos de trabajo que viniesen desempeñando; y la reordenación o redistribución de efectivos en supuesto de amortización, supresión o recalificación. Así, de conformidad con los artículos 56 y siguientes del citado Reglamento d

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