Crónica
La Dirección General de Trabajo registra y publica el X Convenio colectivo del grupo de empresas Unide, que afecta a más de 2.000 trabajadores en todo el territorio español. El convenio, que entró en vigor el 1 de enero de 2026, regula las condiciones laborales de los empleados en las sociedades Unión de Detallistas Españoles, Cash G-5 y Tríppode.
La Dirección General de Trabajo ha registrado y publicado el X Convenio colectivo del grupo de empresas Unide, que comprende las sociedades Unión de Detallistas Españoles, Cash G-5 y Tríppode. Este convenio colectivo, que fue suscrito el 13 de marzo de 2026 por la dirección del grupo de empresas y los sindicatos UGT y CCOO, regula las condiciones laborales de más de 2.000 trabajadores en todo el territorio español.
El convenio colectivo se aplica a todos los trabajadores empleados en las sociedades señaladas, cualquiera que sea la naturaleza de su contrato de trabajo. Las sociedades afectadas por el convenio se dedican a la actividad logística y/o comercial, y se desdoblan en cuatro negocios distintos y complementarios: plataformas logísticas, almacenes logísticos, Cash & Carry mixtos y Cash & Carry. El convenio contiene regulaciones diferentes para cada uno de estos negocios.
El convenio colectivo entró en vigor el 1 de enero de 2026 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028. Cualquiera de las partes firmantes del convenio podrá denunciarlo con dos meses de antelación a la fecha de finalización de su vigencia. La publicación de este convenio colectivo en el Boletín Oficial del Estado supone un paso importante para la regulación de las condiciones laborales en el sector logístico y comercial en España.
A quién afecta
- Trabajadores del sector logístico y comercial
- Sindicatos UGT y CCOO
Texto íntegro del BOE desplegar
Visto el texto del X Convenio colectivo del grupo de empresas UNIDE, compuesto por las empresas Unión de Detallistas Españoles, sociedad cooperativa (UNIDE), Cash G-5, SL, y Tríppode, SA (código de Convenio n.º 90012283012000), que fue suscrito con fecha 13 de marzo de 2026, de una parte, por los designados por la dirección de dicho grupo de empresas, en representación de las mismas, y de otra por los sindicatos UGT y CCOO, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido finalmente subsanado mediante acuerdo de 10 de abril de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, parrafo Esta Dirección General de Trabajo resuelve: parrafo Primero. articulo Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. parrafo Segundo. articulo Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 20 de abril de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. parrafo_2 X CONVENIO COLECTIVO UNIÓN DE DETALLISTAS ESPAÑOLES, SOCIEDAD COOPERATIVA (UNIDE), CASH G-5 SL Y TRÍPPODE, SA, 2026-2028 anexo Disposición Preliminar. Uso de lenguaje no sexista. articulo Las partes firmantes de este convenio se declaran opuestas y contrarias a todo tipo de sexismo, no solo en las relaciones laborales sino en cualquier otro ámbito incluido el uso inadecuado del lenguaje. parrafo En este sentido, la redacción del presente convenio asume los criterios y pautas marcados por la legislación vigente en materia de lenguaj
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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