Crónica
La Secretaría General de Pesca asigna 42.903 toneladas de rabil y 14.792 toneladas de patudo para la campaña 2026 en el Océano Índico, distribuyendo el 99% a buques del censo CATI y reservando 1% para excesos. Actualiza el censo de 11 atuneros autorizados con sus límites individuales.
La flota atunera española ya tiene asignadas sus posibilidades de pesca para este año en el Océano Índico. La Secretaría General de Pesca ha distribuido las cuotas comunitarias de 42.903 toneladas de rabil (Thunnus albacares) y 14.792 toneladas de patudo (Thunnus obesus) entre los 11 buques autorizados en el censo CATI, tras consultar al sector y comunidades autónomas.
El 99% de ambas especies se asigna directamente a los atuneros cerqueros congeladores del censo, mientras que el 1% restante se reserva para cubrir posibles excesos de captura y capturas accesorias de otras flotas. El anexo publicado detalla las asignaciones individuales por barco, donde el Itsas Txori lidera con 5.284 toneladas de rabil y 1.822 de patudo, seguido del Albatun Dos con 4.848 y 1.671 toneladas respectivamente.
La resolución actualiza el censo creado en 2021 y entra en vigor al día siguiente de su publicación. Los armadores deberán ajustar sus operaciones a estos límites, que implementan el Reglamento (UE) 2026/249 del Consejo. El texto mantiene abierta la vía de recurso administrativo ante el Ministerio.
A quién afecta
- Armadores atuneros
- Buques cerqueros congeladores
- Sector pesquero
Texto íntegro del BOE desplegar
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 7 de la Orden APA/25/2021, de 19 de enero, por la que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico y se crea un censo de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de túnidos tropicales en el Océano Índico. parrafo Teniendo en cuenta que la cuota de rabil en el Océano Índico asignada a España para el año 2026 es de 42.903 toneladas, de patudo en el Océano Índico es de 14.792 toneladas tal y como se recoge en el anexo IJ del Reglamento (UE) 2026/249 del Consejo, de 26 de enero de 2026, por el que se fijan para 2026, 2027 y 2028 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2025/202. parrafo Esta Secretaría General de Pesca, oído el sector interesado y las comunidades autónomas, resuelve: parrafo Primero. articulo La cuota de 42.903 toneladas de rabil asignada al Reino de España se asignará tal y como se indica a continuación: parrafo – 42.473,97 t (99 %) para los buques incluidos en el Censo específico de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI). parrafo_2 – 429,03 t (1 %) para cubrir posibles excesos de capturas y para acomodar las capturas accesorias de otras flotas. parrafo Segundo. articulo La cuota de 14.792 toneladas de patudo asignada al Reino de España se distribuirá estableciendo límites individuales del volumen de capturas, tal y como se indica a continuación: parrafo – 14.644,08 t (99 %) para los buques incluidos en el Censo específico de atuneros cerqueros congeladores autorizados a la pesca de atún tropical en el Océano Índico (CATI). parrafo_2 – 147,92 t (1 %) para cubrir posibles excesos de capturas y para acomodar las capturas accesorias de otras flotas. parrafo Tercero. articulo Publicar como anexo de la
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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