Crónica
La Dirección General de Trabajo registra y publica el IV Convenio colectivo de Kutxabank, SA, que afecta a su personal y regula las relaciones laborales y condiciones de trabajo. El convenio, suscrito el 26 de marzo de 2026, entrará en vigor el 1 de enero de 2012.
El IV Convenio colectivo de Kutxabank, SA, ha sido registrado y publicado por la Dirección General de Trabajo. Este convenio, que afecta exclusivamente al personal de Kutxabank, establece y regula las normas por las que han de regirse las relaciones laborales y condiciones de trabajo entre la empresa y su personal.
El convenio, suscrito el 26 de marzo de 2026, ha sido negociado entre la representación del Banco y la mayoría de la representación legal de los trabajadores y trabajadoras. El acuerdo establece el ámbito personal y funcional del convenio, así como las normas por las que han de regirse las relaciones laborales y condiciones de trabajo.
El convenio excluye del ámbito personal a determinadas personas, como el personal que ocupe puestos dentro de la estructura directiva del Banco designadas como personal Directivo de confianza o contratadas con tal condición. También se excluye al personal colaborador directo de los Directores/as y Subdirectoras/es Generales y de los Directores/as de Área, así como al personal que efectúe trabajos de cualquier naturaleza en explotaciones agrícolas, industriales o de servicios del Banco.
La publicación de este convenio colectivo supone un paso importante en la regulación de las relaciones laborales en el sector bancario. Los trabajadores y trabajadoras de Kutxabank podrán beneficiarse de las mejoras en las condiciones de trabajo y laborales establecidas en el convenio. Sin embargo, también se pueden producir cambios en la estructura organizativa del Banco, lo que podría afectar a determinados puestos de trabajo.
Análisis
La publicación de este convenio colectivo señala un paso importante en la regulación de las relaciones laborales en el sector bancario. Los trabajadores y trabajadoras de Kutxabank podrán beneficiarse de las mejoras en las condiciones de trabajo y laborales establecidas en el convenio. Sin embargo, también se pueden producir cambios en la estructura organizativa del Banco, lo que podría afectar a determinados puestos de trabajo. La exclusión de determinadas personas del ámbito personal del convenio también puede tener implicaciones en la gestión de personal del Banco.
A quién afecta
- Trabajadores de Kutxabank
- Directivos de confianza de Kutxabank
- Personal colaborador directo de los Directores/as y Subdirectoras/es Generales y de los Directores/as de Área
La Vigencia · Boletín diario
Cada mañana, lo que el BOE significa para banca y finanzas
Las disposiciones que afectan a tu negocio, resumidas en castellano con su impacto. Resumen semanal, sin tarjeta.
Texto íntegro del BOE desplegar
Visto el texto del IV Convenio colectivo de la empresa Kutxabank, SA (Código de convenio núm.: 90101762012014), que fue suscrito con fecha 26 de marzo de 2026, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de ELA, CC. OO., Pixkanaka Kaskari y Asociación Laboral de Empleados de Kutxabank (ALE) y LAB, que suman la mayoría de los miembros de los Comités de empresa y Delegados de personal, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y que ha sido finalmente subsanado mediante acuerdo de 9 de junio de 2026, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad. Esta Dirección General de Trabajo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 13 de julio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García. IV CONVENIO COLECTIVO DE KUTXABANK, SA PREÁMBULO Con fecha de efectos 1 de enero de 2012 Bilbao Bizkaia Kutxa, Aurrezki Kutxa eta Bahitetxea («BBK»), Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián-Gipuzkoa eta Donostiako Aurrezki Kutxa («Kutxa») y Caja de Ahorros de Vitoria y Álava-Araba eta Gasteizko Aurrezki Kutxa («Vital») acordaron reorganizar su actividad financiera, mediante la segregación de sus respectivos negocios financieros a favor de la Entidad Kutxabank, SA (en adelante, Kutxabank). Igualmente, con fecha de efectos
Noticias relacionadas
Lo que se ha movido en este patrón
Normas semánticamente similares
Otras normas que tratan lo mismo
No son cita ni dependencia explícita — son disposiciones que el modelo encuentra similares por contenido. Útil para detectar regulaciones convergentes en el mismo dominio.
Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
La Vigencia · Boletín diario
Recibe las novedades que te afectan
Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto. Resumen semanal, sin tarjeta, cancela cuando quieras.