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The New European Central Bank · Clemens van Lay · Unsplash

BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Registra hipoteca

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa de inscribir una escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca inmobiliaria en el Registro de la Propiedad de La Unión número 1. La escritura fue otorgada en 2014 por Engie Cartagena, S.L., y otras entidades financieras.


Crónica

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa de inscribir una escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca inmobiliaria en el Registro de la Propiedad de La Unión número 1. La escritura fue otorgada en 2014 por Engie Cartagena, S.L., y otras entidades financieras.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto un recurso interpuesto por Engie Cartagena, S.L., contra la negativa de la registradora de la Propiedad de La Unión número 1 a inscribir una escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca inmobiliaria. La escritura, otorgada en 2014, involucra a varias entidades financieras, incluyendo Société Générale, Crédit Agricole Corporate and Investment Bank, y Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.

La hipoteca en cuestión fue constituida en 2003 para garantizar un contrato de financiación de proyecto, y posteriormente se redujo la cantidad máxima garantizada en 2007. La resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública tiene implicaciones para la seguridad jurídica y la fe pública en el Registro de la Propiedad.

Los operadores inmobiliarios y las entidades financieras deben tener en cuenta esta resolución para evitar problemas de inscripción en el Registro de la Propiedad. La claridad en la titularidad y la garantía de los bienes inmobiliarios es fundamental para la seguridad jurídica y la confianza en el mercado inmobiliario.

A quién afecta

  • Entidades financieras
  • Operadores inmobiliarios
Texto íntegro del BOE desplegar

En el recurso interpuesto por don C. P. M., en nombre y representación de la entidad «Engie Cartagena, S.L.», contra la negativa de la registradora de la Propiedad de La Unión número 1, doña Alina Nica Gales, a la inscripción de una escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca inmobiliaria. parrafo Hechos centro_negrita I centro_redonda Se autorizó el día 30 de junio de 2014 por el notario de Madrid, don Ignacio Martínez-Gil Vich, con el número 1.533 de protocolo, escritura de carta de pago y cancelación de hipoteca inmobiliaria en cuyo otorgamiento comparecieron, de una parte, don M. G. B.; de otra, don P. M. G. y don A. P. C., y, de otra, doña I. S. A. y don L. M. P. C. parrafo_2 Fueron sus otorgantes: parrafo a) don M. G. B. en nombre y representación, como apoderado, de la sociedad «Société Générale, sucursal en Londres», haciendo uso del poder que en la misma se citaba. El notario hacía constar que, a su juicio, las facultades representativas acreditadas eran suficientes para el otorgamiento de la escritura. Constaba también en su intervención: «“Société Générale, Société Anonyme”, comparece en su propio nombre y en representación de las partes garantizadas (Secured Parties) tal y como se listaron en el anexo I del Contrato de Financiación del Proyecto, tal y como se define en el contrato elevado a público por medio de la escritura otorgada ante el notario de Madrid, don Ignacio Martínez-Gil Vich el día 7 de agosto de 2.003, con el número 2.503 de orden de protocolo (tal y como el mismo haya sido modificado, refundido, suplementado o novado en cada momento, y tal y como se referencia con posterioridad) y cuyas entidades constan relacionadas en el anexo incorporado a la presente escritura». parrafo_2 b) don P. M. G. y don A. P. C. en nombre y representación, como apoderados, de la entidad «Crédit Agricole Corporate and Investment Bank, S.A.» (anteriormente denominada «Calyon, Société Anonyme»), así como en representación de «Crédit Agricole Corporate and

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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