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Trees and buildings under a clear blue sky.
Trees and buildings under a clear blue sky. · Alinson torres · Unsplash

BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Registro rechaza georreferenciación

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma la denegación de la tramitación del expediente para inscribir la georreferenciación de una finca registral y la declaración de obra nueva en Archidona, debido a indicios de operaciones de reordenación del terreno no documentadas. El registrador de la propiedad de Archidona había suspendido la calificación y despacho de la escritura pública por falta de liquidación del Impuesto y posteriormente la calificó desfavorablemente por varias circunstancias.


Crónica

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma la denegación de la tramitación del expediente para inscribir la georreferenciación de una finca registral y la declaración de obra nueva en Archidona, debido a indicios de operaciones de reordenación del terreno no documentadas. El registrador de la propiedad de Archidona había suspendido la calificación y despacho de la escritura pública por falta de liquidación del Impuesto y posteriormente la calificó desfavorablemente por varias circunstancias.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha confirmado la denegación de la tramitación del expediente para inscribir la georreferenciación de una finca registral y la declaración de obra nueva en Archidona. El registrador de la propiedad de Archidona había suspendido la calificación y despacho de la escritura pública por falta de liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Posteriormente, la calificó desfavorablemente debido a varias circunstancias, como la falta de información sobre el estado civil de los adquirentes y la situación arrendaticia de la finca.

El caso se refiere a una escritura pública de declaración de obra nueva y compraventa, otorgada el 19 de junio de 2025, en la que se declara una obra nueva sobre la finca registral 3.622 de Archidona y se solicita la inscripción de representación gráfica alternativa de dicha finca. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha considerado que la representación gráfica alternativa propuesta no es inscribible, ya que abarca no solo la superficie correspondiente a la finca registral 3.622, sino también parte de la superficie de su finca matriz, registral 2.642.

Esta decisión puede tener implicaciones para los propietarios de fincas en Archidona y otros lugares, ya que puede afectar la inscripción de representaciones gráficas alternativas y la declaración de obras nuevas. Los notarios y registradores de la propiedad deben tener en cuenta estas circunstancias al calificar y despachar escrituras públicas.

En cuanto a las implicaciones de poder, esta decisión puede beneficiar a los registradores de la propiedad y a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, ya que les permite ejercer un mayor control sobre la inscripción de representaciones gráficas alternativas y la declaración de obras nuevas. Sin embargo, puede perjudicar a los propietarios de fincas y a los notarios, ya que les puede generar más trabas y costes en la inscripción de sus propiedades.

Análisis

Esta resolución confirma la importancia de la calificación y despacho de las escrituras públicas por parte de los registradores de la propiedad. Los notarios y propietarios de fincas deben tener en cuenta las circunstancias que pueden afectar la inscripción de representaciones gráficas alternativas y la declaración de obras nuevas. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública debe seguir vigilando la inscripción de estas representaciones gráficas para evitar operaciones de reordenación del terreno no documentadas.

A quién afecta

  • Notarios
  • Registradores de la propiedad
  • Propietarios de fincas
Texto íntegro del BOE desplegar

En el recurso interpuesto por don Pablo Tortosa Crovetto, notario de Archidona, contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Archidona, don Miguel Román Sevilla, por la que se deniega la tramitación del expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para inscribir la georreferenciación de una finca registral y la declaración de obra nueva sobre la misma, por existir indicios de operaciones de reordenación del terreno, no documentadas. parrafo Hechos centro_negrita I centro_redonda Mediante escritura pública de declaración de obra nueva y compraventa, otorgada el día 19 de junio de 2025 ante el notario de Archidona, don Pablo Tortosa Crovetto, con el número 920 de protocolo, don A., doña V., doña M., doña V. y don J. L. S. G., como titulares registrales de la finca número 3.622 del término Archidona, declaraban una obra nueva sobre la misma y la vendían a don E. V. y doña H. C. V. A. En la escritura manifestaban que la finca se correspondía con la identidad de la parcela catastral con referencia 6763531UG7066S0001YM, la cual no se correspondía con la realidad física de la finca, aportando una georreferenciación alternativa, con informe positivo de validación gráfica, emitido por la Sede Electrónica del Catastro, con código seguro de verificación, solicitando el inicio de un expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria. parrafo_2 II centro_redonda Presentada el día 23 de junio de 2025 dicha escritura pública en el Registro de la Propiedad de Archidona, su calificación y despacho fueron suspendidos por falta de liquidación del Impuesto, aportándose el día 7 de agosto de 2025 copia autorizada en soporte papel de dicha escritura y diligencia certificada de presentación telemática del impuesto correspondiente, y fue objeto de la siguiente nota de calificación: parrafo_2 «Visto por don Miguel Román Sevilla, Registrador de la Propiedad de esta Ciudad de Archidona el procedimiento registral identificado con el número de entrada 2469/2025, iniciad

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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