← Volver al diario

City skyline with apartment buildings and distant mountains
City skyline with apartment buildings and distant mountains · Matteo Squillante · Unsplash

BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Registro de alquileres turísticos

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la nota de calificación de una registradora de la propiedad de Valencia que suspendió la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico por falta de autorización expresa de la comunidad de propietarios. La resolución se basa en la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal por la Ley Orgánica 1/2025.


Crónica

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la nota de calificación de una registradora de la propiedad de Valencia que suspendió la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico por falta de autorización expresa de la comunidad de propietarios. La resolución se basa en la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal por la Ley Orgánica 1/2025.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto un recurso interpuesto por la mercantil 'Crucero de Verano, S.L.' contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Valencia n.º 13, que suspendió la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico para una finca en Alboraia. La registradora argumentó que la fecha de concesión del VUT era posterior al 3 de abril de 2025, fecha en la que entró en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, y que por lo tanto se precisaba la autorización expresa de la comunidad de propietarios.

La resolución se basa en la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal por la Ley Orgánica 1/2025, que establece la necesidad de autorización expresa de la comunidad de propietarios para el alquiler de corta duración turístico. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública considera que la registradora actuó correctamente al suspender la asignación del número de registro.

Este caso tiene implicaciones para los propietarios de viviendas que desean alquilarlas de forma turística, ya que deben obtener la autorización expresa de la comunidad de propietarios antes de solicitar el número de registro. Los propietarios deben ser conscientes de esta exigencia y tomar las medidas necesarias para cumplir con la normativa.

En cuanto a las consecuencias, los propietarios que no obtengan la autorización expresa de la comunidad de propietarios pueden enfrentarse a la suspensión de la asignación del número de registro, lo que les impediría alquilar sus viviendas de forma turística. Por lo tanto, es fundamental que los propietarios estén al tanto de esta normativa y tomen las medidas necesarias para cumplir con ella.

Análisis

Esta resolución señala la importancia de la autorización expresa de la comunidad de propietarios para el alquiler de corta duración turístico. Los propietarios deben ser conscientes de esta exigencia y tomar las medidas necesarias para cumplir con la normativa. La falta de autorización expresa puede tener consecuencias negativas, como la suspensión de la asignación del número de registro. Por lo tanto, es fundamental que los propietarios estén al tanto de esta normativa y tomen las medidas necesarias para cumplir con ella.

A quién afecta

  • Propietarios de viviendas
  • Comunidades de propietarios
  • Empresas de alquiler turístico
Texto íntegro del BOE desplegar

En el recurso interpuesto don J. V. C. Q., en nombre y representación de la mercantil «Crucero de Verano, S.L.», contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Valencia número 13, doña María Mercedes Torno Santonja, por la que se suspende la asignación del número de registro único de alquiler de corta duración, turístico, solicitado para una finca por requerir autorización expresa de la comunidad de propietarios, al haber obtenido la resolución de inscripción en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana con posterioridad al día 3 de abril de 2025. parrafo Hechos centro_negrita I centro_redonda El día 6 de noviembre de 2025, se presentó en el Registro de la Propiedad de Valencia número 13 solicitud de asignación de número de registro de alquiler de corta duración turístico para la finca registral con código registral único 46060000158400, causando el asiento 4145 del Diario 2025. parrafo_2 II centro_redonda Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Valencia número 13, fue objeto de la siguiente nota de calificación: parrafo_2 «Instancia privadas suscrita el 06/11/2025. parrafo_2 Presentante: C. Q., J. V. parrafo Calificado en el día de hoy, el documento de referencia, que presentado telemáticamente en esta Oficina el día seis de noviembre del año dos mil veinticinco, causando el asiento 4145 del Diario 2025 –Entrada: 10079/2025–, la Registradora que suscribe ha resuelto suspender la asignación de Número de Registro de Alquiler de Corta Duración solicitada, por el defecto subsanable que seguidamente se indica, en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho: parrafo_2 Hecho: Dado que la fecha de concesión del VUT, según consulta en la web de Conselleria, es el 29 de octubre de 2025 –es decir, posterior al 3 de abril de 2025, fecha en la que entró en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal por la Ley Orgánica 1/2025, de 1 [sic] de enero–, se precisa la autorización expresa de la Comunidad de Propietar

Leer el texto completo en BOE →

Noticias relacionadas

Lo que se ha movido en este patrón

Normas semánticamente similares

Otras normas que tratan lo mismo

No son cita ni dependencia explícita — son disposiciones que el modelo encuentra similares por contenido. Útil para detectar regulaciones convergentes en el mismo dominio.

Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

La Vigencia · Boletín diario

Recibe cada mañana las novedades que te afectan

Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto, cada mañana laborable. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.


Página intermedia de La Vigencia. La fuente oficial es BOE — pulsa "Ver en BOE" arriba para el texto íntegro.