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City skyline with apartment buildings and distant mountains · Matteo Squillante · Unsplash

BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Registro rechaza opción de compra

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa de un registrador de la propiedad de El Campello a inscribir una escritura de opción de compra sobre una finca, debido a defectos en la documentación y posible fraude. La escritura presentaba una opción de compra con una prima de 40.000 euros y un plazo de cuatro años, pero el registrador detectó irregularidades en la valoración del inmueble y la posible existencia de una hipoteca previa.


Crónica

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la negativa de un registrador de la propiedad de El Campello a inscribir una escritura de opción de compra sobre una finca, debido a defectos en la documentación y posible fraude. La escritura presentaba una opción de compra con una prima de 40.000 euros y un plazo de cuatro años, pero el registrador detectó irregularidades en la valoración del inmueble y la posible existencia de una hipoteca previa.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto un recurso interpuesto por la mercantil Home Equity Partners, S.L. contra la negativa del registrador de la propiedad interino de El Campello a inscribir una escritura de opción de compra sobre una finca registral. La escritura, autorizada por un notario de Madrid, concedía un derecho de opción de compra a la mercantil sobre la finca, con una prima de 40.000 euros y un plazo de cuatro años. Sin embargo, el registrador detectó varios defectos en la documentación, incluyendo la posible existencia de una hipoteca previa sobre la finca y la indeterminación del precio de venta. El registrador también cuestionó la valoración del inmueble, que se consideraba inferior al valor de tasación de la reciente hipoteca. La resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública confirma la negativa del registrador y considera que la escritura presentada no cumple con los requisitos legales para su inscripción. Esta decisión puede tener implicaciones para las empresas que operan en el sector inmobiliario, ya que destaca la importancia de la transparencia y la claridad en la documentación de los contratos de opción de compra. Los operadores del sector deben asegurarse de que sus contratos cumplan con todos los requisitos legales y no contengan cláusulas ambiguas o engañosas. En este caso, la mercantil Home Equity Partners, S.L. deberá revisar su contrato y asegurarse de que cumple con todos los requisitos legales antes de intentar inscribirlo nuevamente en el Registro de la Propiedad.

Análisis

Esta resolución destaca la importancia de la transparencia y la claridad en la documentación de los contratos de opción de compra. Los operadores del sector inmobiliario deben asegurarse de que sus contratos cumplan con todos los requisitos legales y no contengan cláusulas ambiguas o engañosas. La decisión de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública puede tener implicaciones para las empresas que operan en el sector, ya que puede aumentar la vigilancia y el control sobre los contratos de opción de compra. Los departamentos de riesgos de las entidades financieras y los notarios deben estar atentos a esta resolución y asegurarse de que sus procedimientos y documentación cumplan con los requisitos legales.

A quién afecta

  • Empresas inmobiliarias
  • Notarios
  • Departamentos de riesgos de entidades financieras
Texto íntegro del BOE desplegar

En el recurso interpuesto por don L. M. W., en nombre y representación y como administrador único de la mercantil «Home Equity Partners, S.L.», contra la negativa emitida por el registrador de la Propiedad interino de El Campello, don Antonio José Sánchez del Campo Ferrer, respecto de una escritura de opción de compra. parrafo Hechos centro_negrita I centro_redonda Mediante escritura autorizada el día 14 de octubre de 2025 por el notario de Madrid, don Enrique Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro, con el número 4.159 de protocolo, don M. V. O. concedía un derecho de opción de compra a la mercantil «Home Equity Partners, S.L.» sobre la finca registral número 8.439 del Registro de la Propiedad de El Campello. parrafo_2 II centro_redonda Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de El Campello, fue objeto de la siguiente nota de calificación: parrafo_2 «Entrada: N.º 8634 de 2025. parrafo_2 Asiento: 4294 del Diario 2025. parrafo Concepto: opción de compra. parrafo Presentante: Top Global Management Partners SL. parrafo Autorizante: Enrique Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro de Madrid. parrafo Protocolo: 4159/2025. parrafo Calificación registral. parrafo Antecedentes de hecho. parrafo_2 Con fecha 14/10/2025, fue presentada en este Registro copia electrónica de la escritura autorizada el 14/10/2025 por el Notario de Madrid, Enrique Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro, número 4159/2025 de protocolo, que causó el asiento 4294 del diario 2025, habiéndose aportado con fecha 4 de noviembre de 2025 la carta de pago de la autoliquidación telemática del impuesto. parrafo_2 Fundamentos jurídicos: parrafo_2 I. Conforme el art. 18.1 de la Ley Hipotecaria los registradores calificarán, bajo su responsabilidad, la legalidad de las formas extrínsecas de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicita la inscripción, así como la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos dispositivos contenidos en las escrituras públicas, por lo que resulte de ellas y

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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